Pero a pesar de la versión de la empresa, de dudosa veracidad, lo cierto es que, tras la detonación, el Jefe Juan Pedro Serrano ordenó a l@s emplead@s continuar el trabajo y limpiar el lugar antes de que llegaran los agentes de la policía científi- ca, sin que se realizara la paralización de la actividad (aunque sea parcial, en la Sala de Producción afectada por la explosión) como está establecido en la normativa de Correos; y sin que esa actitud irresponsable haya sido rectificada por la Jefatura del CTA, de Recursos Humanos o de la Dirección de Zona. La Sección Sindical de Correos de la Confederación General del Trabajo (CGT), frente a la situación que peligro para la salud de los trabajadores, que se ha puesto de manifiesto con la explosión producida, plantea las siguientes iniciativas:
1.-Informar a l@s trabajador@s que, en situaciones similares a la ocurrida el 3 de enero con la explosión de la carta bomba, la Ley de Prevención de Riesgos Laborales establece:
• Que la empresa está obligada a paralizar la producción en caso de riesgo grave e inminente para la vida o salud de los trabajadores
• Que el 51 % del Comité de empresa o el 51% de los delegados de prevención pueden paralizar la producción en el caso que la empresa no lo haga, los miembros de CGT estamos dispuestos a ello.
• Que los propios trabajadores/as pueden abandonar su puesto de trabajo, lo que dice el artículo 21 de la LPRL es lo siguiente: “2. De acuerdo con lo previsto en el apartado 1 del artículo 14 de la presente Ley, el trabajador tendrá derecho a interrumpir su actividad y abandonar el lugar de trabajo, en caso necesario, cuando considere que dicha actividad entraña un riesgo grave e inminente para su vida o su salud” y el en apartado 4: “Los trabajadores o sus representantes no podrán sufrir perjuicio alguno derivado de la adopción de las medidas a que se refieren los apartados anteriores, a menos que hubieran obrado de mala fe o cometido negligencia grave”.
2.-Pedir la convocatoria extraordinaria y urgente del Comité Provincial de Seguridad y Salud, para que en ella se dis- cutan y adopten medidas efectivas para que no vuelvan a producirse situaciones parecidas.
3.-Denunciar estos hechos, así como otros incumplimientos de la empresa en materia de prevención de riesgos laborales a la Inspección de Trabajo de Madrid y al Fiscal de Siniestralidad Laboral de Madrid, para que depure las posibles responsabilidades que puedan deducirse de estos hechos.
4.-Pedir el cese del Jefe Juan Pedro Serrano por la presunta actitud ilícita mantenida durante y después de la explosión, poniendo en peligro la salud de l@s trabajador@s, de la Jefatura del CTA y de los responsables de zona de Auditoría y Control por haber consentido esa actitud, en nuestra opinión negligente.