CGT  Pág.Principal 

BOLSAS EMPLEO 2008

 
 

CONVOCATORIA PARA FORMAR PARTE DE LAS BOLSAS DE EMPLEO PARA LA SELECCIÓN DE PERSONAL TEMPORAL Y PARA PARTICIPAR EN POSIBLES PROCESOS DE SELECCIÓN DE PERSONAL LABORAL FIJO.

PERSONAL EXCEDENTARIO DE LA CONVOCATORIA DE BOLSAS DE 22 DE JUNIO DE 2005 ANUNCIO PARA SOLICITAR INCORPORACIÓN EN LAS BOLSAS DE EMPLEO

ACUERDO CIVCA 05 FEBRERO 2008 SOBRE CICLO DE EMPLEO

CONSULTA DE CANDIDATOS EXCEDENTARIOS (En la web de Correos)

CONSULTA DE BOLSAS CONVOCADAS (En la web de Correos) ó descárgate los Anexos:

 

                                                                            Dirección de Recursos Humanos

CONVOCATORIA PARA FORMAR PARTE DE LAS BOLSAS DE EMPLEO PARA LA SELECCIÓN DE PERSONAL TEMPORAL Y PARA PARTICIPAR EN POSIBLES PROCESOS DE SELECCIÓN DE PERSONAL LABORAL FIJO.

INTRODUCCIÓN

Las relaciones del personal que constituyen las actuales bolsas de empleo, creadas al amparo de la Convocatoria de 22 de junio de 2005, han sufrido múltiples variaciones a lo largo del tiempo, entre otros motivos por el ingreso como personal fijo, de un gran número de candidatos inscritos en ellas. Al mismo tiempo, la diversidad de los territorios de Correos determinan un mercado laboral en el que la oferta y la demanda constituyen un hecho diferencial indiscutible. Por ello, no es posible dar un tratamiento homogéneo para todos los territorios, ni para todas las bolsas, siendo obligado analizar la realidad concreta de cada una de ellas, para determinar qué actuaciones se deben de llevar a cabo. Para los ámbitos territoriales de Madrid y Baleares se convocan globalmente (todas las bolsas y puestos) por las circunstancias específicas del ingreso y empleo que concurren, y en el resto, analizado el porcentaje de candidatos disponibles inscritos, la existencia o no de candidatos excedentarios, el tipo de bolsa, las necesidades de cobertura, como puntos más importantes, se decide abrir la convocatoria para determinadas bolsas en donde se ha puesto de manifiesto la insuficiencia de candidatos posibles.

Por último, en este marco de actuaciones, y con el fin valorar el trabajo desarrollado hasta el último año se actualizará los méritos de todos los candidatos, realizando una nueva ordenación de cara a la oferta de las nuevas necesidades de contratación.

1. OBJETO

La presente convocatoria tiene por objeto la constitución de Bolsas de Empleo solo en los siguientes ámbitos:

1.1. Convocatoria de todas las bolsas de empleo en MADRID Y BALEARES. Se convocan bolsas de empleo en las provincias de Madrid, Baleares. Los ámbitos geográficos y las bolsas de empleo que se convocan figuran en el Anexo 2: Madrid y Anexo 3: Baleares.

1.2. Bolsas de empleo de unidades de nueva creación en el resto de provincias. Se convocan bolsas de empleo en Unidades de nueva creación en el resto de provincias. Los ámbitos geográficos y las bolsas de empleo que se convocan en este apartado figuran en el Anexo 4: Bolsas por unidades de nueva creación.

1.3. Bolsas de empleo con insuficiencia de candidatos posibles. Se convoca en otras provincias determinadas bolsas, en las que no existen candidatos o estos son insuficientes. Los ámbitos geográficos y las bolsas que se convocan en este apartado figuran en el Anexo 5: Bolsas con insuficiencia de candidatos. La constitución y adecuación de estas bolsas de empleo temporal persigue los siguientes OBJETIVOS:

• El objetivo principal es seguir posibilitando en estos ámbitos la contratación de personal laboral temporal para atender, por distintas necesidades, la cobertura temporal de los puestos del Grupo Profesional IV del Convenio Colectivo, estos son, Atención al Cliente, Agente/Clasificación, Reparto en moto (ocupación 1), y Reparto a pié (ocupación 2). No será de aplicación la presente convocatoria a las contrataciones temporales siguientes:

  •  Las de a tiempo parcial para la prestación de servicios en días sueltos, como sábados, domingos y festivos.

  • Y para la cobertura de los servicios rurales, ya sean de jornada completa o incompleta.

• No obstante y como ya sucedió con la convocatoria de 22 de julio de 2005, la inscripción en las bolsas de empleo temporal es el primer eslabón para poder acceder a una relación laboral indefinida en Correos, ya sea por contrato fijo-discontinuo, contrato a tiempo parcial o contrato ordinario de jornada completa. A este respecto, tras el análisis oportuno de las necesidades de ingreso que se vayan generando cada provincia y la evolución de su propio ciclo de empleo, se irán convocando de forma progresiva y gradual los correspondientes procesos selectivos de ingreso para personal laboral fijo en las provincias que lo vayan necesitando.

2. PUBLICACIÓN

Esta convocatoria y las actuaciones que de ella se derivan se publicarán en la página Web de Correos, en la Intranet Corporativa, en los tablones de anuncios de las Jefaturas Provinciales, Administraciones y centros de trabajo en cuyo ámbito geográfico se constituyan las Bolsas de Empleo, y, en su caso, a través de los medios adicionales de publicidad que resulten necesarios.

3. BOLSAS DE EMPLEO

Las Bolsas de Empleo se constituyen a nivel provincial y en las Oficinas de nivel técnico que se relacionan en los Anexos indicados, para los puestos que en cada caso se especifican y con el número de plazas de referencia que en cada una de ellas también se indica. El ámbito geográfico de cada una de las Bolsas de Empleo comprenderá la propia localidad (capital u oficina técnica) y los centros de trabajo ubicados en ella.

3. 1. Tipos de bolsas. En cada ámbito geográfico existirán como máximo 4 Bolsas de Empleo:

1 Atención al cliente.

2 Agente/Clasificación.

3 Reparto motorizado.

4 Reparto a pie.

3. 2. Límite máximo de bolsas de empleo.

Los candidatos podrán figurar como máximo en 2 bolsas de empleo de la misma provincia o de provincias limítrofes.

A este respecto se tendrá en cuenta que los candidatos que actualmente ya figuran activos en bolsas no afectadas por esta convocatoria (véase Anexos), no podrá presentar solicitud en estos nuevos procesos de selección.

4. ÁMBITO PERSONAL

Los candidatos que deseen participar en esta convocatoria deberán tener en cuenta lo siguiente:

4.1. Nuevas convocatorias de bolsas de empleo en MADRID (Anexo 2) Y BALEARES (Anexo 3).

Los candidatos que actualmente están inscritos en las bolsas de empleo de Madrid y Baleares, tanto sea como activos y como excedentarios, que continúen interesados en formar parte de las mismas, deberán participar necesariamente en esta convocatoria, ya que las actuales bolsas quedarán extinguidas a la entrada en vigor de las nuevas que se constituyan.

4.2. Bolsas de empleo con insuficiencia candidatos posibles (Anexo 5).

Los candidatos de estas bolsas que están activos quedarán en esa misma situación. No tienen que presentar solicitud.

Los candidatos que figuran como excedentarios de las bolsas incluidas en el Anexo 5: Bolsas con insuficiencia de candidatos posibles de esta convocatoria sólo podrán solicitar la/s bolsa/s en la/s que figura como excedentario. Respecto de la reordenación de estas bolsas se estará a lo previsto en el punto 8.2 de esta convocatoria.

4.3. Nuevos candidatos.

Estas convocatorias están abierta a nuevos candidatos, con o sin relación laboral temporal con Correos, que no estén inscritos en ninguna bolsa ni tampoco figuren como candidatos excedentarios.

4.4. Exclusiones.

Serán excluidos los solicitantes que ya estuvieran incluidos en dos bolsas de empleo en vigor; si tan solo figurara en una bolsa podrá solicitar otra de la misma provincia o provincia limítrofe.

5 - REQUISITOS DE LOS ASPIRANTES

1. Haber cumplido 18 años de edad.

2. Reunir los requisitos contractuales conforme a la legislación vigente en materia de permisos de trabajo o cualquier otra que la sustituya.

3. Titulación: De acuerdo con el artículo 22 del Convenio Colectivo se requiere titulación o conocimientos adquiridos en el desempeño de su profesión equivalentes a Graduado Escolar, Graduado en ESO, Formación Profesional I o titulaciones equivalentes.

4. Para la bolsa de Reparto en Moto se requerirá la posesión del permiso de conducir moto A, o A1 (A2 antiguo) o la posesión del permiso de conducir B (B1 antiguo) con una antigüedad superior a tres años. En todo caso, el candidato que se inscriba en dicha bolsa se compromete al desempeño del puesto en moto.

5. No haber sido despedido disciplinariamente o separado del servicio.

6. No haber sido rescindido un contrato por la no superación de un periodo de prueba en Correos.

7. No hallarse inhabilitado para el desempeño de funciones públicas por sentencia firme.

8. No padecer enfermedad o limitaciones físicas o psíquicas para el normal desempeño de las tareas y funciones a realizar, acreditado por los servicios médicos de Correos. Los reconocimientos médicos tendrán carácter obligatorio.

9. No haber sido evaluado negativamente por el desempeño de un puesto de trabajo en Correos y Telegráfos.

10. Cumplir con los requisitos establecidos para los puestos de trabajo que comprenden las bolsas de empleo ofertadas en esta convocatoria.

Estos requisitos deberán reunirse en la fecha de terminación del plazo de presentación de solicitudes y deberán ser acreditados, en su caso, en el momento de efectuar la contratación.

6. SOLICITUDES

Las solicitudes se cumplimentarán en el modelo normalizado elaborado por Correos, que se solicita y presenta en las Unidades de Recursos Humanos de cada Jefatura Provincial. Para cumplimentar la solicitud se seguirán las instrucciones que figuran en la misma.

El plazo de presentación de solicitudes será desde el día 8 al 21 de febrero, ambos inclusive.

No obstante los datos contenidos en la solicitud, así como los requisitos exigidos, se deberán acreditar con carácter previo a la contratación, salvo que ya obren en poder de Correos por anteriores contrataciones. En caso de falsedad en los datos o de no poseer los requisitos exigidos, el aspirante decaerá de la Bolsa de Empleo.

7. PUBLICACIÓN DE LAS BOLSAS DE EMPLEO

Una vez finalizado el proceso de gestión y ordenación de solicitudes, el listado de cada bolsa se expondrá en los mismos lugares donde se ha publicado la convocatoria, especificándose para el caso de las solicitudes no admitidas la razón de su exclusión.

8. SELECCIÓN

8.1 Valoración.

Las Bolsas de Empleo se constituirán ordenando a los candidatos según la puntuación obtenida a fecha 31 de diciembre de 2007, con arreglo al siguiente baremo:

1. Valoración de los servicios efectivamente prestados como personal laboral en Correos, en cualquier categoría o puesto, a razón de 0,10 puntos por cada mes completo efectivamente trabajado, o los que resulten por acumulación de tiempos de servicios parciales.

2. Para la Bolsa de Atención al Cliente, además de la anterior puntuación, se valorará la experiencia en puestos de atención al cliente o asimilados con una puntuación adicional de 0.10 puntos por mes completo efectivamente trabajado, o los que resulte por acumulación de tiempos de servicios parciales.

3. A quienes hayan formalizado contrataciones temporales de carácter parcial para la prestación de servicio en sábados, domingos y/o festivos, se les valorara por el tiempo de duración del contrato con 0,02 puntos por cada mes de vigencia.

4. La puntuación máxima a obtener por la suma de la puntuación de los tres apartados anteriores no podrá exceder de 4,80 puntos.

5. En las bolsas de reparto moto, se valorará la posesión del permiso específico de moto (A, A1, A2 antiguo) con una puntuación de 0,25.

6. Para el Puesto Tipo de Atención al Cliente se valorará la posesión de título de Bachiller Superior, Bachillerato Unificado Polivalente o Formación Profesional II, o titulación superior a las indicadas, con 0.50 puntos.

7. A los aspirantes que hubieran obtenido determinadas respuestas correctas en el ejercicio de la fase de oposición de la Convocatoria de Ingreso para Personal Laboral Fijo 30 de junio del 2006, y que no sean en la actualidad empleados fijos de Correos, se le valorarán conforme al siguiente escalado:

• De 00 a 29 preguntas correctas: 0,20 puntos.

• De 30 a 49 preguntas correctas: 1 puntos.

• De 50 a 59 preguntas correctas: 2 puntos.

• De 60 a 69 preguntas correctas: 5 puntos.

• De 70 a 79 preguntas correctas: 6,5 puntos.

• Mas de 80 preguntas correctas: 9 puntos.

8. 2 Ordenación de la bolsa.

La bolsa se ordenará en función de la puntuación obtenida hasta el límite máximo de plazas que tiene asignada cada bolsa. En el caso de las bolsas con insuficiencia de candidatos (anexo 5), se ordenarán tanto los candidatos existentes como los nuevos en función de la puntuación obtenida por aplicación del baremo previsto en el apartado 8. 1 de esta convocatoria.

En caso de empate se tendrán en cuenta los siguientes criterios:

1. En primer lugar, el número de días efectivamente trabajados en Correos.

2. Si persiste el empate se tendrá en cuenta la mejor puntuación obtenida en la fase de examen de la convocatoria de ingreso antes mencionada.

9. PROCEDIMIENTO DE CONTRATACIÓN

Una vez constituidas las Bolsas de Empleo, y a la hora de atender las necesidades de contratación el llamamiento se realizará por el orden de puntuación de los candidatos las Bolsas, hasta agotar la misma. Una vez llegado al final de la Bolsa se comenzará de nuevo por el primer candidato de la misma, y así sucesivamente hasta nueva convocatoria.

Los criterios de preferencia para la adjudicación de contratos serán los previstos en las normas vigentes.

10. MOTIVOS PARA DECAER DE LAS BOLSAS DE EMPLEO

El decaimiento de los aspirantes de las Bolsas en que figure inscrito se producirá en alguna de las siguientes circunstancias:

• Cuando un candidato sea llamado para formalizar un contrato y no lo suscriba por cualquiera de las causas que no produce decaimiento inmediato de las bolsas, tendrá y periodo máximo de seis meses, contado desde que se produce el llamamiento, para mantenerse en esa situación. Después de ese tiempo, si se produjese otro llamamiento decaerá de las bolsas si no formaliza el contrato que se le ha ofrecido. No se aplicará el presente criterio si la causa alegada es una licencia por maternidad, una incapacidad laboral por accidente de trabajo en servicios anteriores en la Sociedad Estatal o relacionada con derechos reconocidos en las Leyes de Conciliación de la vida laboral y familiar, Dependencia o Igualdad.

No se entenderá como renuncia cuando el aspirante haya formalizado un contrato a tiempo parcial para el desempeño de servicios en sábados, domingos y festivos, y sea incompatible con el contrato temporal objeto del llamamiento, sin perjuicio de que el aspirante pueda formalizar igualmente el contrato temporal para el que es llamado y renunciar al anterior.

• No localizados, en los términos de Acuerdo de la CIVCA Comisiones Territoriales para el desarrollo y seguimiento de la contratación temporal de fecha 20 de febrero de 2007.

• Por haber sido despedido disciplinariamente.

• Por inhabilitación judicial.

• Por evaluación negativa del desempeño en un puesto de trabajo en Correos y Telégrafos.

• La no superación del período de prueba, la ineptitud física o psíquica sobrevenida, o la pérdida o incumplimiento sobrevenido de los requisitos necesarios para ocupar el puesto (salvo la retirada temporal del permiso de conducir), conlleva la rescisión del contrato y el decaimiento del aspirante de la Bolsa por la que fue contratado.

• Por cualquier otra causa legal o reglamentariamente establecida.

 

 
 

CGT  Pág.Principal

       CGT Sindicato Federal de Correos y Telégrafos